Objetivos y funciones
Objetivos
Conservar y preservar nuestros recursos naturales, fomentando la sensibilización por el respeto del ambiente, configurando una noción de desarrollo territorial sostenible, armónica y garante de la contribución de acciones que luchen contra el cambio climático, resguarden nuestros recursos hídricos y generen corredores de vida y protección de los ecosistemas.
Son funciones de la Secretaría De Ambiente las siguientes:
1. Formular, ejecutar y evaluar planes, programas, proyectos y acciones municipales para preservar el medio ambiente y garantizar la protección de los recursos naturales del municipio.
2. Formular, implementar y coordinar el desarrollo del Sistema De Gestión Ambiental Municipal SIGAM y el plan de gestión integral de residuos sólidos – PGIRS.
3. Promover la formulación, ejecución y seguimiento del Plan Ambiental Municipal PAM en concordancia con las autoridades ambientales.
4. Coordinar con las corporaciones autónomas regionales y con las demás autoridades ambientales del sector, el desarrollo de las funciones de administración del medio ambiente y de los recursos naturales, con el propósito de propender por el desarrollo sostenible del Municipio.
5. Diseñar y desarrollar programas de protección, cuidado y uso eficiente del recurso hídrico, energético y de residuos sólidos e involucrar a la comunidad en su buen uso.
6. Adelantar acciones encaminadas al seguimiento control y vigilancia a las actividades impactantes a los recursos naturales y el medio ambiente.
7. Comunicar en el caso que aplique a la autoridad ambiental competente, las infracciones ambientales identificadas en el territorio para adelantar las medidas pertinentes a que haya lugar.
8. Apoyar las funciones de autoridad ambienta dentro de las competencias que por ley tiene la Secretaría para adelantar acciones de control y vigilancia a los permisos, autorizaciones, licencia y concesiones, otorgadas en el municipio.
9. Apoyar coordinadamente con las demás dependencias de la Alcaldía las acciones del Concejo Municipal De Gestión Del Riesgo De Desastres.
10. Dirigir actividades asociadas a los bienes y servicios ambientales del territorio para contribuir a la conservación de los recursos naturales.
11. Formular y ejecutar actividades relacionadas con la implementación del Sistema Local de Áreas Protegidas – SILAP.
12. Ejercer las funciones de autoridad ambiental frente a la gestión y conservación de las áreas protegidas de los distintos niveles, presentes en el Municipio.
13. Dirigir acciones encaminadas a la identificación, adquisición y administración de predios de interés hídrico y ambiental en el Municipio.
14. Dirigir acciones encaminadas a la formulación e implementación de un esquema de pago por servicios ambientales – PSA-
15. Garantizar la incorporación de los determinantes ambientales del Municipio en los procesos de Planificación y ordenamiento del Territorio, según lo dispuesto en el Plan Básico De Ordenamiento Territorial – PBOT – y demás normatividad ambiental vigente, el Plan de Desarrollo Municipal y demás instrumentos macro de planeación.
16. Conceptuar de acuerdo a la competencia de la Secretaría y en coordinación con la Secretaría de Urbanismo y Desarrollo Territorial sobre aspectos relacionados con actuaciones urbanísticas que tengan relación con la estructura ecológica principal municipal.
17. Garantizar la ejecución de actividades tendientes al cumplimiento de las órdenes establecidas en el marco de la sentencia del Rio Bogotá.
18. Coordinar la formulación, seguimiento y evaluación a las acciones encaminadas al fortalecimiento y funcionamiento de los mecanismos de educación ambiental, garantizando la participación comunitaria en distintos escenarios como los proyectos ambientales escolares –PRAES- y los procesos comunitarios de educación ambiental – PROCEDAS-
19. Implementar en conjunto con las demás dependencias las disposiciones establecidas en El Plan De Gestión Ambiental y el Sistema De Gestión Ambiental.
20. Integrar los comités que le correspondan y desempeñar las funciones de Secretaría técnica de los distintos comités relacionados con su competencia, designados por la ley o delegados por el Alcalde, elaborando las citaciones, seguimiento, verificación y convocando al comité de acuerdo con lo reglamentado para su funcionamiento.
21. Las demás que le asigne la ley o que correspondan a la naturaleza de la dependencia